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Ausencia de reglas claras abre nuevo frente contra la elección judicial de 2025

  • Oct 13,2024
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Hasta ahora, el Tribunal Electoral ha permanecido ajeno a la resolución de casos relacionados con la Reforma Judicial, misma que les concedió quedarse dos años más en el cargo.La batalla por el Poder Judicial: surge nuevo frente contra la elección de 2025

Ahora son jueces y magistrados que buscan participar en la elección judicial y ser electos jueces o incluso ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quienes iniciaron litigios para que se declare inválido el inicio del proceso electoral extraordinario, por carecer de certeza en las reglas de participación.

Con ello, al combate a la Reforma Judicial mediante amparos, vía controversias o acciones de inconstitucionalidad ante la SCJN, se sumó ahora la presentación de recursos de apelación y juicios ciudadanos ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), como nuevo frente de litigio contra la instrumentación de las modificaciones constitucionales.

Además de 10 aspirantes a candidatos a cargos judiciales, otro grupo de media decena de impugnantes también acudió al organismo jurisdiccional electoral en demanda de la protección de sus derechos.

Ahora el Tribunal Electoral tendrá que resolver múltiples recursos en los que se denuncian diversas aristas de la Reforma Judicial: la salida anticipada de los cargos, la cancelación de la carrera judicial, el hecho de que el Instituto Nacional Electoral (INE) no atendió las suspensiones judiciales que le ordenaron suspender la preparación de la elección, la decisión de arrancar el proceso sin reglas claras; la ausencia de garantías para una competencia equitativa o incluso la falta de medidas para garantizar el derecho a ser votado como candidato independiente.

Este último alegato fue expuesto por Carlos Alberto Soto Zertuche, abogado litigante y uno de los diez impugnantes, quien radica en Nuevo León y aspira contender por un cargo en el proceso electoral. “No existen condiciones mínimas para contender en condiciones de equidad”, afirmó en entrevista.

Congreso

Su caso es particular, pues con el contexto de su entidad, la primera que tuvo un gobernador independiente, Jaime Rodríguez “El Bronco”, argumenta ante los magistrados electorales que, como existe en elecciones ordinarias, se debe garantizar que también en este proceso puedan participar candidatos independientes, como es su caso, pues no trabaja ni es funcionario del Poder Judicial.

El Estado Mexicano fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y se tuvo que crear todo un marco en el sistema electoral para garantizar candidaturas independientes, explica.

“¿Cómo que un candidato independiente sí puede ser candidato presidente de la República, pero no puede ser candidato ni a juez, ni a el magistrado, ni a ministro? Es una ironía y una incongruencia. Y al iniciar el proceso sin leyes secundarias no hay reglas, no hay garantías”, expone.

“Soy un ciudadano que cumple los requisitos, soy abogado. Tengo arriba de 8 de promedio… pero si no me propone el Ejecutivo, el Legislativo o el Judicial no puedo aspirar a ser ministro. Pero puedo ser gobernador o candidato a presidente. Entonces el sistema electoral me reconoce derechos, pero la reforma me priva de ellos, esa es la incongruencia”, explica.

Soto Zertuche, catedrático de la Universidad Autónoma de Nuevo León e integrante del Colegio de Abogados de Monterrey, afirma que en el estado en el que vive, pese a las críticas que pudiera tener la Reforma Judicial, sí hay personas muy calificadas, perfiles de alto nivel, que tienen interés por contender por un cargo judicial y “jamás en la vida” tendrían posibilidades porque no tienen contactos políticos, pero buscan postularse.

Para los que quieren levantar la mano no hay certeza en los procedimientos para poder ser votados, indica el experto.

Los alegatos

Otros impugnantes de la reforma trabajan en el Poder Judicial y se prepararon durante años para ascender mediante la carrera judicial. Pero ahora ya no podrán crecer en la institución mediante exámenes de oposición, según sus alegatos.

Por ejemplo, para ser jueces tendrían que ingresar a un proceso, previa convocatoria, y entre otros pasos, realizar un examen teórico, un examen práctico y luego ser entrevistados por tres sinodales.

Ahora la Reforma Judicial hace a un lado la carrera judicial, y con ello las posibilidades de ascenso con reglas claras, alegaron ante el TEPJF otro conjunto de funcionarios judiciales, la mayoría del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey.

México

Caso particular es el de Gildardo Meza Guzmán, secretario de Juzgado, cuya carrera inició incluso siendo chófer. Y en su trayectoria de décadas ya ha cursado más de diez cargos entre escribiente, oficial judicial, oficial administrativo, secretario de juzgado; su recurso ya llegó al TEPJF.

Estudiantes vs Reforma al Pdoer Judicial-8

La Reforma Judicial ha provocado manifestaciones a nivel nacional.
(Foto: Moisés Pablo Nava/Cuartoscuro )

O Darío David Flores Bracho, también impugnante, y secretario de juzgado de Base, adscrito al Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca, quien impugnó la reforma por vulnerar sus derechos políticos.

“Como secretario del Poder Judicial de la Federación, y de carrera judicial, el acto impugnado me impide ascender a la categoría de Juez de Distrito, a través de los mecanismos previstos antes de la aprobación de la reforma al Poder Judicial; esto es, a través de examen de oposición; e incluso a través del voto popular” debido a los problemas que arrastra la reforma, alega en su documento.

De acuerdo con el funcionario, en realidad las modificaciones constitucionales afectaron también el interés difuso (es decir el de un colectivo), pues impactó tanto a quienes actualmente son ministros, jueces y magistrados, a “quienes aspiramos a obtener alguno de dichos cargos y, a la ciudadanía en general en su calidad de electorado”.

Todo esto porque el artículo octavo transitorio de la reforma introdujo “de manera extraordinaria e injustificada” una excepción al cumplimiento de lo establecido en el artículo 105 de la Constitución, que marca que toda ley o reforma electoral debe entrar en vigor al menos 90 días antes de que inicie un proceso electoral.

México

En este caso la Reforma Judicial exceptuó la aplicación de ese candado que brinda certeza a autoridades y candidatos.

Así, sólo transcurrieron siete días, pues el INE arrancó el proceso electoral el 23 de septiembre, “lo que constituye una grave vulneración al principio de certeza”, y carece de razonabilidad, idoneidad y proporcionalidad, agrega, ya que “no existe ninguna urgencia de llevar a cabo el proceso electoral extraordinario” en el plazo establecido y bien pudo realizarse con reglas claras y establecidas con anticipación.

Con ello, anota, están en duda los principios rectores de los procesos electorales: certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.

Aremy Lizbeth Ruiz Hernández, secretaria de Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con Residencia en Monterrey, argumentó en su recurso la ausencia de reglas para contender.

“Tengo la pretensión de ser electa”, dice. Sin embargo, expone, “no existen reglas específicas que regulen el proceso electoral del Poder Judicial”, por lo que la sesión realizada el 23 de septiembre por el INE y los acuerdos ahí tomados, la declaratoria de inicio del proceso electoral extraordinario y la integración de una Comisión para el proceso, “están viciados de origen”.

“Esta situación irregular genera perjuicio a las personas que somos destinatarias directas del decreto y que deseamos participar en el proceso de selección, porque genera incertidumbre sobre la firma en que está iniciado el proceso y si tendrán validez cada una de las fases o actos”, alegó en su recurso.

Además, dado que la materia es electoral, argumenta, es el TEPJF el único órgano competente para pronunciarse y ver que todos los actos del INE se apeguen a la constitución y la ley, por lo que los magistrados deberán pronunciarse.

Sesión TEPJF-1

El Tribunal Electoral tendrá que resolver casos contra la Reforma Judicial.
(Foto: Andrea Murcia Monsivais/Cuartoscuro )

El Tribunal Electoral, hasta ahora mutis

Esos juicios en defensa de derechos político-electorales y recursos de apelación se suman a otros cinco que ya llegaron al TEPJF y que deberá resolver esa Sala.

Entre ellos el que interpuso el INE y quedó bajo el expediente de asunto general 209/2024, mediante el cual se quejó de las órdenes judiciales que le fueron notificadas para suspender las actividades rumbo al proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

Hasta ahora el pleno de ese Tribunal y su personal es prácticamente el único del sector judicial que no ha emitido ninguna postura, ni se ha sumado al paro de trabajadores y funcionarios que sean manifestado en contra de la reforma por la que se cesará a la mitad de los jueces y magistrados, para someter a elección a sus sucesores.

Pero son los magistrados de ese TEPJF los únicos integrantes del Poder Judicial que no sólo no fueron afectados, sino que serán beneficiados, pues el decreto estableció que quedaron exceptuados, por lo que ninguno de sus miembros serán cesados ni sus sustitutos serán electos en la elección judicial prevista para junio de 2025, sino hasta 2027.

Es decir tendrán dos años más en el cargo, podrán aspirar a reelegirse como magistrados, o buscar más adelante ser ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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